Barras bravas y justicia garantista: la jueza que liberó en tiempo récord a 114 detenidos y generó polémica
La liberación de 114 personas detenidas durante los incidentes en la marcha por los jubilados frente al Congreso generó una fuerte controversia entre el Gobierno y el Poder Judicial. La jueza Karina Andrade, titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 15, resolvió su excarcelación en cuestión de horas, bajo el argumento de que se trataba de una manifestación legítima dentro de un marco democrático.
Según fuentes judiciales, la mayoría de los aprehendidos habían sido detenidos por la Policía de la Ciudad y la Policía Federal Argentina (PFA) por los delitos de atentado y resistencia a la autoridad. Sin embargo, Andrade fundamentó su decisión en el derecho constitucional a la protesta y en la necesidad de evitar el trámite de flagrancia.
La argumentación de la jueza
En su fallo, la magistrada sostuvo: “A raíz del pedido de la defensa, he analizado la información brindada y entiendo que respecto de las detenciones informadas se encuentra en juego un derecho constitucional fundamental como es el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia y a la libertad de expresión”.
Asimismo, Andrade destacó que “la complejidad de derechos en juego impide la aplicación del trámite de flagrancia” y que “para darle mayor celeridad a la ejecución de la resolución, se adelanta este extracto y dispongo la inmediata soltura de los detenidos informados con relación a los sucesos en el Congreso de la Nación”.
Reacciones encontradas
La decisión judicial no pasó desapercibida y generó reacciones encontradas. Desde el Gobierno manifestaron su malestar por la rapidez con la que se ordenó la liberación de los detenidos, mientras que sectores de la oposición y organismos de derechos humanos respaldaron la postura de la jueza, argumentando que la criminalización de la protesta atenta contra las libertades fundamentales.
Este fallo reaviva el debate sobre el rol de la justicia en hechos de conflictividad social y la delgada línea entre garantizar derechos constitucionales y permitir acciones que podrían tipificarse como delitos.


