Giro histórico en la salud pública: los hospitales nacionales ya cobran la atención a turistas extranjeros.
El Gobierno nacional dio un paso clave en la implementación de su reforma migratoria. A través de una disposición del Ministerio de Salud publicada en el Boletín Oficial, se reglamentó el procedimiento para que los hospitales públicos bajo la órbita nacional comiencen a cobrar por las prestaciones médicas brindadas a personas extranjeras que no posean residencia en el país.
La medida, impulsada bajo la gestión del ministro Mario Lugones, pone en marcha aspectos centrales del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025. El objetivo principal es establecer un mecanismo estandarizado para que los centros sanitarios estatales puedan recuperar los costos operativos que genera la atención de pacientes que se encuentran de manera temporal en el territorio argentino.
Es clave remarcar que la normativa establece una clara distinción según la condición migratoria:
- Extranjeros con residencia permanente: No experimentarán ningún cambio. Continuarán accediendo al sistema público de salud en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, acreditando su estado simplemente con su DNI.
- Extranjeros no residentes: Para este grupo, los hospitales públicos aplicarán dos vías de cobro. Si la persona cuenta con un seguro de salud o asistencia al viajero, el hospital tramitará el pago directamente con la compañía aseguradora. En caso de no tener cobertura privada, el propio paciente deberá asumir el costo de los servicios médicos prestados, según el esquema de tarifas que defina cada institución.
Con esta reglamentación, el Ejecutivo busca optimizar la administración de los recursos del sistema sanitario nacional, garantizando que el financiamiento estatal se concentre prioritariamente en los residentes del país mientras se exige cobertura o pago directo a quienes lo visitan de forma transitoria.



