Compró un auto usado, denunció que le habían modificado el kilometraje y la Justicia ordenó indemnizarlo: cómo descubrió la adulteración
Un fallo del Juzgado en lo Civil y Comercial N.° 7 de General San Martín, provincia de Buenos Aires, sentó un precedente clave en materia de defensa del consumidor al ordenar a los responsables de una concesionaria indemnizar con seis millones de pesos a un comprador por haberle vendido un vehículo con el odómetro manipulado.
La operación se concretó tras una publicación en internet en la que se ofrecía una camioneta SUV modelo 2010 con 76.000 kilómetros. Sin embargo, el comprador descubrió la maniobra de forma fortuita: dentro del propio vehículo halló una etiqueta de un taller oficial que acreditaba que, meses antes de la transacción, el rodado ya superaba los 92.000 kilómetros. Un informe requerido al taller confirmó dicho registro durante el proceso judicial.
Pese a que los demandados negaron la adulteración, la magistrada interviniente aplicó la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) y el Código Civil y Comercial de la Nación, remarcando la posición de vulnerabilidad del comprador frente a la comercializadora. El tribunal subrayó la falta de colaboración de la concesionaria, que no presentó registros contables ni documentación respaldatoria que pudiera desvirtuar la prueba aportada. Ante esta asimetría, la Justicia aplicó el principio de inversión de la carga de la prueba en favor del cliente.
La cifra total de seis millones de pesos abarca tres millones en concepto de daño moral, dos millones por daño punitivo —para sancionar y prevenir conductas abusivas— y un millón por la desvalorización del bien (quanti minoris). Además, el fallo estableció que se deberán abonar intereses calculados desde la fecha de compra hasta el pago efectivo, aplicando la tasa pasiva más alta del sistema bancario provincial.
Con este pronunciamiento, la Justicia bonaerense ratificó que la manipulación del kilometraje vulnera de forma directa el deber de información y el trato digno que se le debe garantizar a todo usuario.



